lunes, 6 de junio de 2011

INTRODUCCION

En honor a nuestro maestro José García Villegas -llamado cariñosamente “pepe” o “viejito” -como solíamos llamarlo- valoramos, resaltamos la sensibilidad, perseverancia y su solidaridad con el pueblo; estudioso de la Constitución del 79 por 12 años. El solía insistirnos “Sigan leyendo la Constitución del 79 porque cuando más lean se darán cuenta de la realidad nacional peruana”.


“El peruano en general se encuentra desprotegido, no hay fiscalización de nada, todo anda de cabeza. Necesitamos el restableciendo del Estado de Derecho Constitucional con el objeto de darle calidad y constitucionalidad en el Perú”. Además afirmaba que se establecería todos los derechos constitucionales que se encuentran suspendidos pensionistas, domesticas, empleados, obreros, derechos de trabajadores en general. Constantemente lo visitábamos en su departamento del Centro de Lima compartiendo su biblioteca que estaba llena de libros legales, periódicos, revistas, fotos actuales y antiguas; y gran cantidad de copias que el solía regalar.


La revista informativa sobre la problemática política laboral del país (Obtubre de 1993 Pag. de Oro Nº 35) “José García Villegas inspector de trabajo, siempre se le ve adherirse estricta a la justicia y a la ley, su sabia intuición, su carácter mesurado y sereno lo destaca entre los demás inspectores”. Erra carismático sociable y amigable -riéndose me decía-“Sin ser abogado he ganado 80 juicios”, incluso sus amigos abogados le consultaban a él. También le preocupaba que la gente no leyera y que la Constitución del 93 suprimiera todos los derechos de los ciudadanos peruanos al decir: “101 artículos suprimidos y se establece la dictadura de gobernante de facto. ¿Cómo se va a establecer que el Presidente dela República sea Jefe supremo de las Fuerzas Armadas y de las Fuerzas Policiales?”


Afirmaba: “La Constitución política del Perú de 1979 no permite que el Presidente de la Republica dicte decretos leyes, usurpador Presidente de la Republica con leyes destruyó el Estado de Derecho Peruano con el Art. 1 Decreto Ley Nª 25418, constituye un gobierno concentrado en su persona que denomina: Gobierno de Emergencia y Reconstrucción Nacional”.


La población peruana consintió el acto de usurpación sin reparar en que eran sus propias libertades y derechos, los que le fueron arrebatados. Solamente el pueblo podrá a ser efectiva la vigencia de la Constitución Política del Perú de 1979, cada peruano es el líder.


En el día de los inocentes de 1992 lo sacaron a “pepe o viejito” del Ministerio de Trabajo con una pensión miserable de 650 soles de la cual tenía que cubrir su renta, comida, ropa medicamentos, etc.


La última vez que le vi a mi viejito fue en abril del 2011, donde me dijo que le iban a operar al día siguiente y que él había estado pagando mensualmente en una clínica particular ya que tenía miedo de los hospitales del Estado. Después de una semana lo llame a su celular contestó la grabadora tristemente deje el mensaje diciéndole: “ Viejito retórname la llamada que tengo muchas preguntas que hacerte como siempre, por favor no me dejes de ambulando en el espacio”.


Mirian Chumacero M.

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